Asegure el futuro y el bienestar de sus hijos. Calculamos de manera justa y actuamos con firmeza ante la evasión de responsabilidades económicas.
La pensión alimenticia no es un favor, es un derecho irrenunciable de los hijos y una obligación ineludible de los padres. El concepto de "alimentos" comprende todo lo necesario para el desarrollo integral del menor: comida, vestido, vivienda, salud y educación.
La ley se basa en el principio de Proporcionalidad: la pensión debe fijarse de acuerdo con la posibilidad del que debe darla y la necesidad del que debe recibirla.
Como regla general, si el deudor tiene un empleo formal con nómina comprobable, el juez suele fijar entre un 15% y un 20% de su salario íntegro por cada hijo. Si no tiene ingresos fijos comprobables, se calcula en base a la UMA o Salarios Mínimos.
Ocultar ingresos o renunciar a un empleo para evadir la responsabilidad es un delito. Nuestros abogados implementan medidas como retención salarial directa y embargos precautorios.
¿El padre o madre nunca aportó económicamente? Es posible demandar el pago de la pensión alimenticia retroactiva por los años que no se cumplió con la obligación.
Le indicaremos el monto justo que le corresponde por ley.
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